Viernes, último día de la semana, y los invitamos a que nos dejen su opinión en cuanto al siguiente planteo:

Viernes, último día de la semana, y los invitamos a que nos dejen su opinión en cuanto al siguiente planteo: En el año 1938, la CSJN en los autos caratulados “Natalio L. Marchese y Angela Safforini de Marchese c/ La Nación (Fallos Corte: 182:486) resolvió que: “A efectos de la liquidación del impuesto a los réditos, los bienes gananciales deben ser considerados como réditos propios del marido, que es quien dispone de los mismos.” ¿Ustedes que opinan al respecto? Hoy, a más de 70 años de aquel fallo, ¿sigue siendo así?