La AFIP estableció un régimen de confidencialidad en materia aduanera

Por medio de la Disposición 302/2018 publicada ayer en el Boletín Oficial, la AFIP dispuso la implementación del secreto aduanero. Se establece que toda información atinente a las operaciones de comercio exterior de Aduana, sólo podrán ser publicadas de manera estadística y agregada.

La normativa aclara que sus cláusula serán de aplicación obligatoria para el tratamiento de toda solicitud de información amparada por el instituto del secreto estadístico y la ley de protección de datos personales, alcanzando a todas las áreas de AFIP y “[e]n los casos que no puedan resolverse con arreglo a las mismas y/o se susciten dudas sobre la procedencia de brindar la información requerida, se solicitará dictamen del servicio jurídico que corresponda al área competente, en forma previa a resolver la solicitud de que se trate”.

De esta manera, se rechazará todo requerimiento referido a información sobre operaciones de comercio exterior que llegue a la AFIP como consecuencia del ejercicio de sus facultades del control de tráfico internacional de mercaderías, salvo aquellas excepciones establecidas en el Anexo de la Disposición.