Como todos los jueves, les hacemos el siguiente planteo y esperamos sus opiniones al respecto:

Como todos los jueves, les hacemos el siguiente planteo y esperamos sus opiniones al respecto: ¿Qué papel juegan los contratos de mutuos entre los parientes o cónyuges a los fines fiscales? ¿Se puede deducir del impuesto a las ganancias un mutuo que se celebró entre “A” y “B”, que son un matrimonio? ¿Cambiaría en algo si fueran parientes –hermanos, cuñados, padres e hijos-? ¿Y si son amigos? ¿Qué documentación probatoria se necesitaría? A la tarde subiremos material al respecto, mientras tanto los invitamos a debatir.