Buenos días!

Buenos días!

Estimados colegas! El pasado 12 de marzo de 2015, la Cámara de la Seguridad Social falló a favor de un jubilado que se vio perjudicado por no poder percibir su jubilación italiana en la moneda de origen (euros).

En los autos “CICCONETTI ALBERTO c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/ AMPAROS Y SUMARISIMOS” Expte. N° 106359 / 2012, la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social ordenó a la A.F.I.P. y al Banco Central de la República Argentina (BCRA) que suspendan la aplicación de las normas que establecen la pesificación de las jubilaciones transferidas desde Italia “a fin de que el demandante perciba su jubilación italiana en la moneda de origen (euros)”.

Podes acceder al fallo completo en el siguiente link: