Buenas tardes, ahora les acercamos una noticia en la que se informa que la Justicia validó la aplicación de multas por defraudación a profesionales que presenten declaraciones juradas en cero.

Buenas tardes, ahora les acercamos una noticia en la que se informa que la Justicia validó la aplicación de multas por defraudación a profesionales que presenten declaraciones juradas en cero.
Es práctica común que los contribuyentes que no logran obtener la información que necesitan para calcular el gravamen antes de su vencimiento presenten sus declaraciones juradas en cero para evitar penalidades, con la intención de presentar una declaración jurada rectificativa, una vez reunidos todos los datos necesarios.
Ante estas posturas contrapuestas, los tribunales generalmente resuelven que no debía aplicarse una penalidad de este estilo en este tipo de casos.
En el caso que les acercamos, la Cámara en lo Contencioso Administrativo revocó la decisión del TFN y validó la aplicación de una multa por defraudación tras la presentación de declaraciones juradas en cero.
En el caso, el fisco había impuesto una multa por defraudación (en base a los artículos 46 y 47 de la ley 11.683), siendo que el TFN revocó dicha decisión, reencuadrando la conducta en lo contemplado por el art. 45, que sanciona la omisión de impuestos.
Los magistrados tuvieron en cuenta los altos montos involucrados y que la actividad desarrollada por el acusado “consistía en la prestación de servicios legales, y que su profesión es la de abogado. Por otro lado, aseguraron que el particular no sólo se limitó a omitir la presentación de declaraciones juradas, sino que también dedujo gastos que no estaban relacionados con su actividad profesional. Por último, señalaron que las pruebas actúan “como ‘un imperativo del propio interés’ de cada uno de los litigantes y quien no acredita los hechos que debe probar pierde el pleito”.
Por estas razones, la Cámara revocó la decisión tomada por los vocales del TFN y validó la sanción por defraudación que, en un primer momento, había aplicado el organismo de recaudación al contribuyente.
Acá les dejamos la noticia: