Argentina por medio de la ley 27.

Argentina por medio de la ley 27.138, aprobó formalmente el convenio internacional para la simplificación y armonización de los regímenes aduaneros en su versión modificada. Este convenio, conocido como la Convención de Kyoto, en su versión revisada, es el principal tratado de facilitación del comercio aduanero.
Con ello Argentina ratifica con estatus legal interno a una de las principales fuentes del Código Aduanero y que marca un rumbo que lleva inexorablemente al acuerdo que sigue y que se ha transformado en una evolución de Kyoto, que es el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio (conocido como el Acuerdo de Bali) que está llamado a ser el marco normativo rector que han de aplicar las aduanas en el contexto de un mundo globalizado.
Las partes contratantes se comprometen a cumplir los principios fundamentales que lo regulan y que son: a) Transparencia y previsibilidad de las acciones que realiza la Aduana; b) Estandarización y simplificación de la declaración de mercancías y los documentos de soporte; c) Procedimientos simplificados para los operadores autorizados; d) Máxima utilización de la tecnología de la información; e) Mínimos controles aduaneros necesarios para garantizar el cumplimiento con las reglamentaciones; f) Uso de la administración de riesgos y controles por auditoría; g) Intervenciones coordinadas con otras entidades fronterizas, y h) Colaboración con el sector comercial.
Claves para entender el Convenio.
Tipos de control:Prevé que se pase del control físico de mercaderías a un control de auditorías
Gestión de riesgo: Si se avanza a un sistema en el que el administrado realiza su propia liquidación, la gestión de riesgo será clave en el control
Cooperación: El trabajo junto con el sector privado permitirá evaluar el comportamiento voluntario.
Sistemas IT: Las aduanas deben adoptar el mayor uso de las tecnologías de la información sobre todo en el desaduanamiento de las mercaderías
Beneficios buscados: El Convenio de Kyoto apunta a un…