MAS CONTROLES DE LA AFIP SOBRE EL CAMPO La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció regímenes especiales obligatorios para la emisión electrónica de la ‘‘liquidación secundaria de granos’’ y para la ‘‘certificación primaria’’ del acopio de cereales, destinados a respaldar operaciones de compraventa como de depósito y traslado de granos.

MAS CONTROLES DE LA AFIP SOBRE EL CAMPO
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció regímenes especiales obligatorios para la emisión electrónica de la ‘‘liquidación secundaria de granos’’ y para la ‘‘certificación primaria’’ del acopio de cereales, destinados a respaldar operaciones de compraventa como de depósito y traslado de granos. Las medida entrará en vigencia el 3 de diciembre próximo, de adecuardo a lo dipuesto en las resoluciones 3690 y 3691 publicadas en el Boletín Oficial con las firmas del titular de la AFIP, Ricardo Echegaray. La primera norma establece ‘‘un régimen especial obligatorio para la emisión electrónica de la Liquidación Secundaria de Granos para respaldar las operaciones de compraventa y, en su caso, de consignación de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas’’. En tanto, mediante la norma 3691, se creó ‘‘un régimen especial obligatorio para la emisión electrónica de la Certificación Primaria de Depósito, Retiro y/o Transferencia de Granos’’ para respaldar las operaciones de depósito, retiro o transferencia de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas’’.