Estimados:

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En el día de hoy les acercamos un comentario al respecto del fallo “Siat S.A. (TF 22.133-1) c/ DGI” de la CSJN, del 01/07/14.
La Corte revocó la sentencia de la Sala II de la CNACAF que había confirmado la determinación de oficio a la empresa SIAT S.A. en el impuesto a las ganancias, más intereses y multa. Entendió que las acreencias obtenidas mediante la percepción de bonos de consolidación- anterior a la entrada en vigencia de la Ley 24.073- no constituyen una renta alcanzada por el impuesto, por más que hayan excedido las ganancias de los ejercicios posteriores.
En el caso bajo examen, la actora había percibido bonos de consolidación en los términos del art. 31 de la ley 24.073 en compensación por sus quebrantos.
La Cámara juzgó que los bonos recibidos por la actora, en compensación por sus quebrantos originados en ejercicios cerrados con anterioridad al 31/03/91, constituían una renta sujeta al mencionado tributo, debido a que el monto de tales quebrantos excedía el importe de los que resultaban compensables con las ganancias gravadas en los ejercicios posteriores.
Sin embargo, el Alto Tribunal, entre otros argumentos, reiteró la doctrina del precedente “Bagley” (Fallos: 330:1325) donde sostuvo que la percepción de los bonos recibidos por el contribuyente por la conversión de quebrantos impositivos en créditos fiscales, no constituye una renta, beneficio o enriquecimiento que pueda estar gravado por el impuesto a las ganancias según el art. 2°, ap. 2 de la ley de tal tributo.