Buenos días, hoy les dejamos esta noticia, que habla sobre la sanción del nuevo Código Civil y Comercial y las consecuencias que puede tener en materia de impuestos.

Buenos días, hoy les dejamos esta noticia, que habla sobre la sanción del nuevo Código Civil y Comercial y las consecuencias que puede tener en materia de impuestos.
Entre otros, señala que el nuevo compendio de normas generará varios conflictos en la determinación del impuesto a las ganancias.
La primera cuestión surge a partir de la creación de las sociedades anónimas unipersonales (SAU). Recordemos que la ley del impuesto a las ganancias establece distintas formas de liquidar el impuesto según se trate de una Sociedad Anónima (SA) o una empresa unipersonal. En el caso de las SA el impuesto se liquida en cabeza de la sociedad, aplicando una alícuota del 35% y en el caso de las empresas unipersonales ello ocurre en cabeza de su socio a la alícuota progresiva de la tabla del art 90.
Es por esto que se genera la duda de qué alícuota deberá tomarse, si la proporcional del 35% o la progresiva del art 90.
Indica como segundo frente de conflicto, la derogación de la obligación de que tanto los registros como los estados contables se expresen con verdad, veracidad y evidencia. Esto puede poner en riesgo la liquidación del impuesto de aquellos entes susceptibles de llevar contabilidad, dado que en estos casos se parte del resultado contable para luego arribar al impositivo que conforma la base imponible del tributo.
Por otro lado la noticia explica los cambios introducidos por el nuevo régimen legal en el instituto de la prescripción, que hemos discutido también aquí en nuestro FB la semana pasada, atento a que las nuevas normas disponen que las legislaciones locales pueden regular el plazo de prescripción de los tributos, dejando sin efecto la jurisprudencia de la CSJN, que prohíbe que este instituto sea regulado por las provincias y los municipios. Ello podría provocar conflictos con los contribuyentes por falta de certeza en el plazo aplicable y otras cuestiones vinculadas.
Acá les dejamos el link para quien quiera leer con más detalle: